Aviso de privacidad

Para dar cumplimiento a la Ley Federal para la Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, Notarios Asociados, Sociedad Civil, hace de su conocimiento el presente AVISO DE PRIVACIDAD, informándole lo siguiente:

1.- DATOS QUE RECABA

Los Datos Personales recabados por nosotros dependen del tipo de operación solicitada por el titular; es por ello que en el punto 3 de este Aviso de Privacidad, señalamos el dato personal recabado y el tratamiento correspondiente al mismo, tanto antes de la firma del instrumento, como después de la firma del mismo.

2.- DOMICILIO Y DENOMINACIÓN DEL RESPONSABLE

Notarios Asociados, Sociedad Civil tiene su domicilio en: General Juan Cano número 83, Colonia San Miguel Chapultepec, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, código postal 11,850, Ciudad de México. Sus notarios titulares son: Tomás Lozano Molina y Georgina Schila Olivera González, respectivamente notarios 10 y 207 del Distrito Federal (hoy Ciudad de México).

3.-PARA QUÉ FINES SE RECABAN LOS DATOS

Los datos personales se recaban para dar cumplimiento a las obligaciones que a cargo de los fedatarios públicos establecen las leyes Locales y Federales en relación al otorgamiento, ante su fe, de actos, convenios y/o contratos; y para cumplir con los requerimientos que le sean formulados por las autoridades respectivas en relación a los mismos.

En virtud de lo anterior, resulta aplicable, en relación al consentimiento para el tratamiento de los datos personales de su titular, lo dispuesto por los artículos 10 y 37 de la Ley de la materia y once de su Reglamento.

A continuación se proporciona la información relativa a los fines del tratamiento al que son sometidos los Datos Personales del Titular, señalándose para ello las distintas operaciones que se manejan en NASC:

  • ESCRITURAS

Ø  TRASLATIVAS DE DOMINIO

Ø  GRAVÁMENES Y MODIFICACIONES A LA PROPIEDAD

Ø  PERSONALES

Ø  SUCESIONES

Ø  PERSONAS MORALES

  • ACTAS

ESCRITURAS

TRASLATIVAS DE DOMINIO

Es el instrumento público en que una persona, física o moral, denominada enajenante, formaliza la transmisión de uno o más a otra persona, denominada adquirente. Las operaciones traslativas de dominio que se manejan en la notaría son: COMPRAVENTA, ADJUDICACIÓN POR HERENCIA Y/O LEGADO, ADJUDICACIÓN POR REMATE JUDICIAL, PERMUTA, DONACIÓN, DACIÓN EN PAGO, FIDEICOMISO, TRANSMISIÓN DE PROPIEDAD EN EJECUCIÓN DE FIDEICOMISO, TRANSMISIÓN DE PROPIEDAD POR FUSIÓN, TRANSMISIÓN DE PROPIEDAD POR ESCISIÓN, CESIÓN DE DERECHOS,

DATOS QUE SE RECABAN DEL ADQUIRENTE

                Si el adquirente es persona física:

  1. Datos generales (nombre completo, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, ocupación, domicilio, CURP y cédula RFC).
  2. Identificación oficial con fotografía, VIGENTE.
  3. Acta de nacimiento
  4. Si el adquirente es extranjero debe proporcionar su forma migratoria.
  5. Si el adquirente firmará por conducto de un apoderado, debe proporcionar escritura pública en que consten las facultades del apoderado, así como datos generales e identificación oficial de éste.
  6. Si el adquirente es persona moral, su representante debe proporcionar testimonio de la escritura pública en que consten sus facultades, y sus datos generales e identificación oficial VIGENTE.
  7. Si el adquirente es un fiduciario, el interesado debe proporcionar el documento de constitución del fideicomiso, personalidad, datos generales e identificación del representante del fiduciario, así como la carta de instrucciones y la del Comité técnico, debiendo acreditar también la integración del mismo.
  8. Anexo correspondiente de ley anti-lavado
  9. Constancia de Dueño Beneficiario de ley anti-lavado

DATOS QUE SE RECABAN DEL ENAJENANTE

  1. Si es persona física:
  2. Datos generales (nombre completo, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, ocupación, domicilio, CURP y cédula RFC).
  3. Identificación oficial con fotografía, VIGENTE.
  4. Si el enajenante es extranjero debe proporcionar su forma migratoria.
  5.  Acta de nacimiento.
  6. Acta de matrimonio.
  7. Título de propiedad original.
  8. Boletas de predial y agua de 5 años a la fecha.
  9. Si el enajenante firmará por conducto de un apoderado, debe proporcionar escritura pública en que consten las facultades del apoderado, así como datos generales e identificación oficial de éste.
  10. Si el enajenante es un fiduciario, debe proporcionar documento de constitución del fideicomiso, personalidad y datos generales del fiduciario, así como la carta de instrucciones y la del Comité técnico, debiendo acreditar también la integración del mismo.
  11. Si el inmueble forma parte de un Condominio:
  12. Reglamento del Condominio.
  13. Copia de la escritura constitutiva del Condominio.
  14.  Constancia de no adeudo por cuotas de mantenimiento.
  15.  Descripción de las áreas comunes del condominio
  16. Destino del inmueble.
  17. Si el enajenante compró terreno y edificó sobre él
  18. Licencia de Construcción
  19. Aviso de terminación de obra
  20. Alineamiento y número oficial.
  21. Si el inmueble está destinado a su actividad empresarial, exhibirá su alta en el SAT y la declaración del último ejercicio; y es contribuyente además por IVA, deberá exhibir las tres últimas declaraciones de pago de dicho impuesto.
  22. Si el enajenante es persona moral, debe proporcionar testimonio de la escritura pública en que consten las facultades del apoderado, así como datos generales e identificación oficial vigente de éste último.
  1. Si la transmisión de propiedad se hace como consecuencia de una sucesión, el interesado debe exhibir la escritura del inicio de la sucesión, o los datos del juzgado y número de expediente del juicio sucesorio en caso de que la sucesión se haya tramitado por esta vía.
  2. Si se trata de una sucesión, deberá presentarse acta de defunción, matrimonio y nacimiento del autor de la sucesión y de los herederos y cónyuges de éstos.
  1. Anexo correspondiente de la Ley Anti-Lavado
  2. Constancia de Dueño Beneficiario de Ley Anti-Lavado

TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES ANTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Obtención de Certificado de libertad gravámenes (Registro Público de la Propiedad local)
  2. Obtención de informe de adeudos de predial EN CEROS (autoridad local respectiva)
  3. Obtención de informe de adeudos de agua EN CEROS (autoridad local respectiva)
  4. Obtención de constancia zonificación (autoridad local respectiva)
  5. Obtención de avalúo por perito autorizado
  1. Integración del Expediente Único de Identificación (Unidad de Inteligencia Financiera)
  2. Si el adquirente es extranjero se tramita autorización en Secretaría de Relaciones Exteriores
  3. Si la transmisión de propiedad se hace como consecuencia de una sucesión tramitada por esta vía, se solicitará el expediente judicial al juez que conoce del asunto.
  4. Si la transmisión se hace como consecuencia de un expediente judicial, se solicitará éste al juez competente.
  5. Identificación de las partes otorgantes y de los inmuebles respectivos.

TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES POSTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Presentación del Aviso de Otorgamiento al Registro Público de la Propiedad local
  2. Pago del Impuesto de Adquisición de Inmuebles (autoridad fiscal local)
  3. Declaración de la adquisición ante la autoridad fiscal local
  4. Pago del Impuesto Sobre la Renta, en su caso (autoridad fiscal local y Federal en su caso)
  5. Aviso al DECLARANOT (autoridad fiscal Federal)
  6. Pago del Impuesto al Valor Agregado, en su caso (autoridad fiscal Federal)
  7. Expedición de testimonios.
  1. Obligaciones de la Ley Anti-Lavado.
  2. Archivo del Expediente Único de Identificación (Unidad de Inteligencia Financiera)
  1. Inscripción del testimonio en el Registro Público local
  2. Entrega al adquirente del testimonio inscrito en el Registro Público de la Propiedad local.
  3. Entrega de testimonios adicionales a los otorgantes del instrumento

GRAVÁMENES Y MODIFICACIONES A LA PROPIEDAD

Son las escrituras en las que el propietario del inmueble modifica de alguna manera su propiedad o le impone gravámenes.  Las operaciones que se manejan son: HIPOTECA (CRÉDITOS, MUTUOS), RECONOCIMIENTO DE ADEUDO, CONDOMINIO, SUBDIVISIÓN, FUSIÓN, RELOTIFICACIÓN, CANCELACIÓN DE HIPOTECA, CANCELACIÓN DE RESERVA DE DOMINIO, REGLAMENTACIÓN A LA COPROPIEDAD, SERVIDUMBRE

DATOS QUE SE RECABAN DEL PROPIETARIO, DEUDOR O GARANTE

  1. Si es persona física:
  2. Datos generales (nombre completo, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, ocupación, domicilio, CURP y cédula RFC).
  3. Identificación oficial con fotografía, VIGENTE.
  4. Si es extranjero debe proporcionar su forma migratoria.
  5. Acta de nacimiento.
  6. Acta de matrimonio.
  7. Título de propiedad original.
  8. Boletas de predial y agua de 5 años a la fecha.
  9. Si firmará por conducto de un apoderado, debe proporcionar escritura pública en que consten las facultades del apoderado, así como datos generales e identificación oficial de éste.
  10. Si se trata de un fideicomiso, debe proporcionar documento de constitución del fideicomiso, personalidad y datos generales del fiduciario, así como la carta de instrucciones y la del Comité técnico, debiendo acreditar también la integración del mismo.
  11. Si el inmueble forma parte de un Condominio:
  12. Reglamento del Condominio.
  13. Copia de la escritura constitutiva del Condominio.
  14.  Constancia de no adeudo por cuotas de mantenimiento.
  15.  Descripción de las áreas comunes del condominio
  16. Si se pretende constituir un condominio:
  17. Manifestación (licencia) de construcción
  18. Memoria descriptiva que contenga:
  19. Descripción general del inmueble
  20.  Descripción general de las construcciones
  21. Descripción general de los materiales empleados
  22. Descripción de cada unidad privativa, su número, ubicación, colindancias, medidas   y anexos.
  23. Descripción general de los bienes comunes, destino, especificaciones, linderos y   colindancias de los mismos
  24. Tabla de valores e indivisos
  25. Reglamento del condominio
  26. Planos estructurales y arquitectónicos
  27. Planos de instalaciones eléctricas
  28. Planos de instalaciones hidráulicas
  29. Planos de instalación de gas
  30. Planos de cada una de las unidades privativas
  31. Planos de áreas comunes
  32. Padrón de cuentas
  33. Destino del inmueble.
  34. Si se compró terreno y se edificó sobre él
  35. Licencia de Construcción
  36. Aviso de terminación de obra
  37. Alineamiento y número oficial.
  38. Si se va a subdividir o a fusionar el inmueble, la licencia respectiva, vigente.
  39. Si es persona moral, debe proporcionar testimonio de la escritura pública en que consten las facultades del apoderado, así como datos generales e identificación oficial vigente de éste último.
  40. Si se trata de una servidumbre, deberá delimitarse el área de ésta e indicarse su objeto.
  41. Si se trata de un crédito con institución que no pertenezca al sistema financiero, o un particular, Anexo correspondiente de la Ley Anti-Lavado y Constancia de Dueño Beneficiario de Ley Anti-Lavado.

DATOS QUE SE RECABAN DEL ACREEDOR, PROPIETARIO DEL PREDIO SIRVIENTE O DE OTRO TERCERO, EN SU CASO

  1. Si es persona física:
  2. Datos generales (nombre completo, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, ocupación, domicilio, CURP y cédula RFC).
  3. Identificación oficial con fotografía, VIGENTE
  4. Acta de nacimiento.
  5. Si es extranjero debe proporcionar su forma migratoria.
  6. Si es persona moral, debe proporcionar testimonio de la escritura pública en que consten las facultades del apoderado y datos generales e identificación oficial vigente de éste último.
  7. Carta de instrucciones del Acreedor o Institución Financiera, según el caso.

TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES ANTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Obtención de Certificado de libertad gravámenes (Registro Público de la Propiedad local)
  2. Obtención de informe de adeudos de predial (autoridad local respectiva)
  3. Obtención de informe de adeudos de agua EN CEROS (autoridad local respectiva)
  4. Obtención de constancia zonificación (autoridad local respectiva)
  1. Identificación de las partes otorgantes y de los inmuebles respectivos.

TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES POSTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Presentación del Aviso de Otorgamiento al Registro Público de la Propiedad local
  2. Expedición de testimonios.
  1. Obligaciones de la Ley Anti-lavado (en caso de que se trate de un crédito con institución que no pertenezca al sistema financiero o un particular)
  2. Archivo del Expediente Único de Identificación (Unidad de Inteligencia Financiera) (en caso de que se trate de un crédito con institución que no pertenezca al sistema financiero o un particular)
  1. Inscripción del testimonio en el Registro Público local
  2. Entrega del testimonio inscrito en el Registro Público de la Propiedad local.

PERSONALES

Son escrituras otorgadas por personas físicas y que se refieren a bienes muebles, o a relaciones entre ellas; o bien entre una persona física y una moral. Las que manejamos son: PODERES Y AUTORIZACIONES, REVOCACIÓN DE PODERES, TERMINACIÓN DE MANDATOS, VOLUNTAD ANTICIPADA, DONACIÓN DE MUEBLES, NOMBRAMIENTO DE TUTOR CAUTELAR.

DATOS QUE SE RECABAN DEL INTERESADO

  1. Datos generales (nombre completo, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, ocupación, domicilio, CURP y cédula RFC).
  2. Identificación oficial con fotografía, VIGENTE
  3. Acta de nacimiento.
  4. Si el interesado es extranjero debe proporcionar su forma migratoria.
  5. Nombre del apoderado, si se trata de poder.
  6. Nombre, domicilio y datos generales del apoderado si se trata de poder irrevocable para actos de administración y/o de dominio
  7. Acta de matrimonio, cuando se trata de poder irrevocable o donación
  8. Escritura del poder, en caso de que se trate de revocación de poderes.
  9. Título de acción, en caso de que se trate de donación de acciones
  10. Título de propiedad original, cuando el poder recae sobre algún inmueble.
  11. Si el interesado firmará por conducto de un apoderado, debe proporcionar escritura pública en que consten las facultades del apoderado, así como datos generales e identificación oficial vigente de éste.
  12. Si el beneficiario es persona moral, debe proporcionar testimonio de la escritura pública que acredite la existencia legal de la misma.
  13. Si se trata de un poder en una sucesión, se debe exhibir la escritura del inicio de la sucesión, o copia certificada del nombramiento de herederos y albacea del juzgado en cuestión.
  14. Anexo correspondiente de la Ley Anti-Lavado en caso de poder irrevocable para actos de administración y/o de dominio y Constancia de Dueño Beneficiario.

TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES ANTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Identificación de las partes otorgantes y del asunto respectivo.

 TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES POSTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Expedición de testimonios.
  1. Obligaciones de la Ley Anti-Lavado (en caso de poder irrevocable)
  2. Archivo del Expediente Único de Identificación (Unidad de Inteligencia Financiera, en caso de poder irrevocable)
  3. Nota de Revocación o Aviso de revocación al notario y/o al Archivo de Notarías, en caso de revocación de poder o de terminación de mandato irrevocable.
  4. Inscripción del testimonio en el Registro Público local del testimonio para su inscripción (en caso de poderes que se inscriban).
  1. Entrega del testimonio al interesado

SUCESIONES

Son escrituras relativas a trámites sucesorios, desde el testamento, hasta la protocolización de inventarios. Lo referente a la adjudicación, es tratado en base a las reglas de las traslativas de dominio. Son las siguientes: TESTAMENTO, INICIO TESTAMENTARIA, INICIO INTESTAMENTARIA, PROTOCOLIZACIÓN DE INVENTARIOS.

DATOS QUE SE RECABAN DEL INTERESADO

  1. Datos generales (nombre completo, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, ocupación, domicilio, CURP y cédula RFC).
  2. En caso de testamento, nombre del cónyuge, padres, hijos y herederos, legatarios, albacea, tutor, curador, ejecutor especial.
  3. En caso de testamento, datos de los bienes.
  4. Identificación oficial con fotografía, vigente.
  5. Si el interesado es extranjero debe proporcionar su forma migratoria.
  6. Acta de defunción del autor de la sucesión.
  7. Acta de matrimonio del autor de la sucesión
  8. Acta de nacimiento de los herederos del autor de la sucesión
  9. Acta de matrimonio de los herederos del autor de la sucesión
  10. Acta de defunción de herederos premuertos
  11. Testamento, cuando se trata de inicio de sucesión testamentaria.
  12. Dos testigos, si se trata de sucesión intestamentaria.
  13. Títulos de propiedad, si se trata de protocolización de inventario
  14. Avalúo de bienes inventariados, cuando se trata de protocolización de inventario
  15. Datos del juzgado en que está radicado el juicio sucesorio en caso de testamentaria o intestamentaria tramitada en juzgado.
  16. Si el interesado firmará por conducto de un apoderado, debe proporcionar escritura pública en que consten las facultades del apoderado, así como datos generales e identificación oficial vigente de éste.
  17. Si el interesadoes persona moral, debe proporcionar testimonio de la escritura pública en que consten las facultades del apoderado, así como datos generales e identificación oficial vigente de éste último.

TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES ANTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Solicitar y obtener los informes de testamentos del Archivo de Notarías y del Archivo Judicial.
  2. En caso de que el acta de defunción sea foránea o de que en ella conste como último domicilio del autor de la sucesión un lugar distinto de CDMX, o de que el autor de la sucesión haya otorgado testamento en una entidad distinta al CDMX, deberán obtenerse los mismos informes en las diferentes entidades federativas, según el caso.
  3. Identificación de las partes otorgantes y del asunto respectivo.

 TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES POSTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Publicaciones de Ley (2 veces de 10 en 10 días en periódico de la entidad)
  2. Expedición de testimonios.
  3. Entrega del testimonio al interesado

PERSONAS MORALES

Son aquellos instrumentos en que se hacen constar operaciones relativas al aspecto corporativo de personas morales: CONSTITUCIÓN, PROTOCOLIZACIÓN ORDINARIA (PODERES, REVOCACIONES, DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS), PROTOCOLIZACIÓN EXTRAORDINARIA (REFORMAS/DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN, ESCISIÓN, FUSIÓN), PODERES Y REVOCACIONES POR REPRESENTANTE, COMPULSA DE ESTATUTOS.

DATOS QUE SE RECABAN DEL INTERESADO

  1. Datos generales (nombre completo, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, ocupación, domicilio, CURP y cédula RFC). 
  2. Cédula fiscal de la sociedad si no se trata de escritura constitutiva.
  3. Identificación oficial con fotografía, VIGENTE.
  4. Si el interesado es extranjero debe proporcionar su forma migratoria.
  5. Si el interesado firmará por conducto de un apoderado, debe proporcionar escritura pública en que consten las facultades del apoderado, así como datos generales e identificación oficial vigente de éste.
  6. Si el interesadoes persona moral, testimonio de la escritura pública en que consten las facultades del apoderado, así como datos generales e identificación oficial de este último.
  7. Si se trata de constitución o cambio de denominación de sociedades, 3 posibles denominaciones.
  8.  En caso de constitución o de reforma del objeto, el proyecto del nuevo objeto de la sociedad.
  9. Monto del capital de la sociedad
  10. Forma de pago (que incluya fecha, monto, divisa) del capital en caso de constitución, aumentos o disminuciones.
  11. Integración del capital social, con valor de cada acción
  12. Domicilio de la sociedad
  13.  Duración de la sociedad
  14. Forma de administración de la sociedad en caso de constitutiva o nombramiento de funcionarios
  15. Nombre del Comisario de la sociedad en caso de constitutiva o nombramiento de funcionarios
  16. Nombre de apoderados de la sociedad y sus facultades, en caso de constitutiva o nombramiento de funcionarios
  17. Señalar si existe admisión o exclusión de extranjeros
  18. Si el acto que se otorgará se acordó en Asamblea de socios o Sesión del órgano de administración, deberá exhibirse dicho documento asentado en el libro respectivo o firmado autográficamente.
  19. Si la asamblea no fue totalitaria, el interesado debe exhibir publicación de la convocatoria
  20. Si se trata de disminución de capital fijo, el interesado debe exhibir la publicación de Ley.
  21. Si se trata de fusiones, escisiones o transformaciones, deberá exhibirse la publicación de Ley
  22. Si se trata de fusiones, escisiones, aumentos o disminuciones de capital, deberá acreditarse la forma de transmisión del numerario.
  23. El interesado deberá exhibir los antecedentes corporativos de la sociedad.
  24. En caso de fusiones y escisiones, deberá contarse con estados financieros de la sociedad
  25. Si se trata de reforma estatutaria, el interesado debe exhibir los nuevos estatutos.
  26. Si se trata de liquidación de sociedad, deberá presentarse el aviso de inicio de liquidación ante el SAT.
  27. Si se trata de liquidación de sociedades, deberá presentarse la publicación del balance final de liquidación.
  28. Si se otorgan poderes para asuntos fiscales, el interesado deberá exhibir la cédula fiscal de los apoderados para tales efectos.
  29. En instituciones del sistema financiero, se requiere autorización de la SHCP o de la CNB, según sea el caso.
  30. Si la notaría dará de alta a la sociedad en la SHCP el interesado deberá llenar el formulario y anexos correspondientes.
  31. Anexo correspondiente de la Ley anti-lavado en caso de constitutivas, fusiones y escisiones
  32. Constancia de beneficiario, en caso de constitutivas, fusiones y escisiones.

TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES ANTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Autorización de la Secretaría de Economía, en caso de constitución o cambio de denominación.
  2. Identificación de las partes otorgantes y del asunto respectivo.

TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES POSTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Aviso a la Secretaría de Economía
  2. Alta en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público si así lo solicita el cliente, o aviso a los 30 días de la firma de la constitutiva, en caso de que el interesado no exhiba la alta respectiva.
  3. En caso de que la sociedad tenga admisión de extranjeros, debe darse aviso a la Secretaría de Relaciones Exteriores.
  4. En caso de que la sociedad tenga inversión extrajera, deberá darse aviso al Registro de In
  1. Obligaciones de la Ley Anti-Lavado.
  2. Expedición de testimonios.
  3. En caso de liquidación de sociedades, debe darse aviso a la SHCP si pasados 30 días desde la firma el interesado no presenta la baja correspondiente.
  4. Inscripción en el Registro Público de Comercio o en el Registro Público de la Propiedad correspondiente al domicilio de la Sociedad.
  5. Entrega del testimonio o del testimonio inscrito en el Registro Público de la Propiedad local, en su caso.
  6. Instituciones del sistema financiero, antes de enviarse a Registro, debe enviarse el testimonio a la SHCP para su aprobación.

ACTAS

En estos instrumentos se hacen constar:DECLARACIONES, RATIFICACIÓN DE FIRMAS, NOTIFICACIONES, FE DE HECHOS, ENTREGA DE DOCUMENTOS, COTEJOS.

DATOS QUE SE RECABAN DEL INTERESADO

  1. Datos generales (nombre completo, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, ocupación, domicilio, CURP y cédula RFC).
  2. Identificación oficial con fotografía del solicitante, VIGENTE.
  3. Si se trata de notificaciones, documento que se notificará.
  4. Si se trata de fe de hechos de situación e inmuebles colindantes, dictamen de perito, con datos generales e identificación de este último.
  5. Si se trata de ratificación de firmas, documento a ratificar.
  6. Si se solicita un cotejo (copia certificada), el documento respectivo, en original
  7. Si ratifican documento personas morales, personalidad del represente, datos generales e identificación oficial vigente de este último.
  8. Si se trata de declaración de nombre, documentos con los que acredite la multiplicidad de éstos, que pueden ser acta de nacimiento, matrimonio, nacimiento de hijos, instrumentos públicos, pasaporte, credencial para votar, cédula profesional, certificados de estudios.

TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES ANTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Identificación de las partes otorgantes y del asunto respectivo.

TRATAMIENTO DE DATOS PARA TRÁMITES POSTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA

  1. Expedición de testimonios
  2. Certificación, en caso de ratificación de documentos
  3. Entrega del testimonio al interesado

4.- OPCIONES Y MEDIOS DE LOS TITULARES PARA LIMITAR EL USO O DIVULGACIÓN DE LOS DATOS

Como medio para limitar el uso y divulgación de sus datos personales, Notarios Asociados, S.C., ofrece a los Titulares de los Datos Personales, la firma del convenio de confidencialidad otorgado por sus Encargadosy empleados, en términos del artículo 21 de la Ley de la materia.

Igualmente, hacemos de su conocimiento que el acceso a los archivos físicos y digitales de Notarios Asociados, S.C., está restringido a los trabajadores de las notarías.

5.- Medios para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley

 Dada la naturaleza jurídica de la función notarial, los datos personales se recaban para dar cumplimiento a las obligaciones que a cargo de los fedatarios públicos establecen las leyes Locales y Federales en relación al otorgamiento, ante su fe, de actos, convenios y/o contratos; y para cumplir con los requerimientos que le sean formulados por las autoridades respectivas en relación a los mismos.

            En virtud de lo anterior y en atención a lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley de la materia, no se requiere del consentimiento del Titular para el tratamiento de sus datos personales, ya que los diferentes ordenamientos jurídicos que regulan la función del notario, imponen a éste determinadas obligaciones en relación a los mismos, que dependerán del tipo de operación, acto, convenio o contrato de que se trate.

            De igual forma, Notarios Asociados, S.C., no está obligado a la cancelación de los datos personales que trata, en atención a lo que establece el artículo 26 de la Ley de la materia, en virtud de que los datos personales que recaba deben de ser tratados, por disposiciones legales.

            Por otra parte y como lo establecen los artículos 34 de la Ley y 109 de su Reglamento, el derecho de oposición no procederá para los datos recabados por Notarios Asociados, S.C., en virtud de que el tratamiento de éstos es necesario para el cumplimiento de diversas obligaciones legales impuestas a los fedatarios públicos.

Los medios que ofrecemos a usted para ejercer los derechos de acceso y rectificación, son los siguientes:

1.- Presentando solicitud suscrita por el Titular o su representante al domicilio de Notarios Asociados, Sociedad Civil, dirigida al Departamento de Datos Personales.

2.- Enviando su solicitud por correo electrónico a golivera@notarios-asociados.com

3.- Llamando al número telefónico (55) 5276-6160, extensión 6163.

4.- La solicitud debe contener y acompañarse de lo siguiente:

  1. a) El nombre del titular y su representante, en su caso, así como el domicilio u otro medio para comunicar la respuesta a su solicitud;
  2. b) Los documentos que acrediten la identidad del titular y, en su caso, la del representante del titular;
  3. c) La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos antes mencionados.
  4. d) El instrumento notarial sobre el que gire su solicitud;
  5. e) Cualquier otro elemento o documento que facilite la localización de los datos personales;
  6. f) En el caso de solicitudde rectificación de datos personales, el titular debe indicar, además de lo anterior, las modificaciones a realizarse y aportar la documentación que sustente su petición.

Cuando a la fecha de la solicitud haya sido firmado con anterioridad el instrumento en relación al cual va dirigida, la rectificación se otorgará en instrumento por separado y con la conformidad de todas las partes que hayan intervenido en el mismo, ya que una vez firmada una escritura, no se permite hacer modificaciones a la misma.

Recibida su solicitud, Notarios Asociados, S.C., en un plazo que no excederá de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud, pondrá a su disposición los datos personales por ella recabados, mediante la expedición al efecto de copias simples, certificadas, medios magnéticos, ópticos, sonoros, visuales, holográficos o documentos electrónicos en los que consten dichos datos, con lo que se tendrá por cumplida la obligación de acceso a la información que señala la Ley.

En el caso de que el titular solicite el acceso a los datos a Notarios Asociados, S.C., presumiendo que es el responsable y ésta resulte no serlo, bastará con que así se le indique al titular por cualquiera de los medios a que se refiere el párrafo anterior, para tener por cumplida la solicitud.

6.- TRANSFERENCIAS DE DATOS QUE REALIZA NOTARIOS ASOCIADOS, S.C.

Sus datos personales son tratados por el personal de esta notaría para elaborar los instrumentos públicos notariales que usted solicita y sólo se transfieren: 1) a las autoridades competentes, para dar cumplimiento a las obligaciones que a cargo de los fedatarios públicos establecen las leyes Locales y Federales en relación al otorgamiento, ante su fe, de actos, convenios y/o contratos, así como las relativas a los avisos, archivos, registros, impuestos y derechos de ellos derivados; y 2) a las personas físicas o morales con las que usted celebró el acto u operación de que se trate, mediante los testimonios que al efecto se expidan, en términos de lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley de la materia.

La Transferencia a cualquier tercero distinto de los mencionados en el párrafo que precede, contará con el consentimiento expreso del titular de los datos personales, y se realizará previa solicitud de éste presentada por escrito física o electrónicamente ante Notarios Asociados, Sociedad Civil. En este sentido, en la Transferencia respectiva se comunicará al tercero en cuestión el presente Aviso de Privacidad y sus finalidades, quedando obligado dicho tercero en sus términos.

7.- REVOCACIÓN DEL CONSENTIMIENTO.

     En atención a la naturaleza jurídica de la función notarial y conforme a lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley de la materia, no se requiere del consentimientodel Titular para el tratamiento de sus datos personales, ya que los diferentes ordenamientos jurídicos que regulan la función del notario, imponen a éste determinadas obligaciones en relación a los mismos, que dependerán del tipo de operación, acto, convenio o contrato de que se trate, como se indica en este Aviso de Privacidad.

8.- OPOSICIÓN AL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.

Toda vez que los datos personales recabados tienen como finalidad exclusiva el cumplimiento a las obligaciones que las leyes locales y Federales imponen al fedatario público, Notarios Asociados, S.C.,no está obligado a la cancelación de los datos personales que trata, en atención a lo que establece el artículo 26 de la Ley de la materia, en virtud de que los datos personales que recaba deben de ser tratados, por disposiciones legales.

9.-FINES EXCLUIDOS.

El tratamiento de datos personales que realiza Notarios Asociados, Sociedad Civil, no incluyen fines mercadotécnicos, publicitarios o de prospección comercial.

10.- procedimiento y medio por el cual se comunicará a los titulares de cambios al aviso de privacidad.

El presente aviso de privacidad puede sufrir cambios, mismos que haremos de su conocimiento a través de alguno de los siguientes medios:

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b.- En la primera comunicación que tengamos con usted después del cambio.

Notarios Asociados, S.C., agradece la atención brindada al presente Aviso de Privacidad.